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Expertos sugieren a las empresas revisar sus seguros para ver si cubre la pérdida de ganancias

 

La firma corporativa Würth-Bedoya-CostaDuRels (WBC Abogados) señala que se han dado casos en EEUU e Inglaterra donde se hacen reclamaciones por negocios cerrados o cancelación de eventos deportivos

 

Expertos sugieren a las empresas revisar sus seguros para ver si cubre la pérdida de ganancias

Experiencia BCP

EL DEBER MONITOREO

En Bolivia pese a que, varias aseguradoras indicaron que cubrirán los gastos de salud por Covid-19 que no sean cubiertos por el Gobierno, todavía falta ver qué ocurrirá con las compañías y los seguros generales

Así, en esta temporada de pandemia, algunos empresarios se preguntan si sus diferentes pólizas (en el ramo de generales) cubren las pérdidas económicas que están sufriendo sus compañías causa del paro de actividades determinado por el Gobierno central. 

Desde la firma corporativa Würth-Bedoya-CostaDuRels (WBC Abogados), explicaron que en principio, en las pólizas los virus, epidemias y las pandemias como el Covid-19 se encuentran excluidas, en algunos casos expresamente.  

Por lo general, para el caso de la cobertura de lucro cesante  o pérdida de ganancias, los condicionados establecen como requisito que exista una pérdida o daño directo a los bienes asegurados para que la cobertura se active. 

Esta cobertura de lucro cesante se podría activar por interrupción y/o disminución de negocio, en cuyo caso, la aseguradora debiera indemnizar el monto indicado en el mismo condicionado.  

Todas las pólizas establecen diferentes límites de indemnización, ya sea en montos de dinero o días de interrupción o disminución del negocio. Al final todo depende de lo que establece el condicionado de la póliza contratada, por lo que se aconseja realizar una consulta formal a asesores o especialistas del mercado de seguros, con la finalidad de hacer un análisis detallado de la póliza.  

No obstante, al presente se puede esclarecer algunos aspectos que resultarán de utilidad. Lo primero que se debe verificar es el tipo de póliza; si se trata de una póliza contra todo riesgo de daños a la propiedad o de una contra incendio y riesgos aliados. 

En el caso de la primera, se debe revisar la sección de exclusiones y ver si virus, pandemias o epidemias se encuentran excluidas. En el segundo caso pasa lo contrario, se debe verificar si las pandemias se encuentran incluidas dentro de las coberturas o no. 

¿Qué esta pasando en el resto del mundo? 

Hay puntos de vista y tendencias muy diferentes. Por ejemplo, en EEUU los legisladores de Nueva York se han unido a Ohio y Nueva Jersey para presentar un proyecto de ley que obligaría a las aseguradoras a cubrir retroactivamente los reclamos de interrupción de negocios debido a Covid-19. 

Otro caso totalmente diferente es Inglaterra, donde Lloyd’s of London, el mayor mercado asegurador y reasegurador del mundo, emitió un endoso denominado LMA 5393 de enfermedades transmisibles para las pólizas de seguros de property (ya sean de todo riesgo de daños a la propiedad o incendio y aliados), en respuesta a la pandemia.  

El documento señala que, a partir de ahora, los aseguradores asociados a Lloyd’s (conocidos en Inglaterra como sindicatos) deben indicar en las renovaciones que realicen de sus pólizas de propiedad que la cobertura del seguro “por cualquier pérdida, daño, reclamo, costo, gasto u otra suma, que surja directa o indirectamente de cualquier enfermedad, como el Covid-19 quedará excluida de cobertura”, aclarando que esto no es retroactivo. 

El caso Wimbledon 

Un caso para analizar es el de Wimbledon que se está preparando para presentar una reclamación de seguro "superior a las 100 millones de libras" ($us 124,3 millones) después de la cancelación del torneo. La póliza de seguro del All England Club’s se actualizó en 2003 después de que los organizadores pidieran que se inserte una cláusula relacionada con el virus debido a las preocupaciones sobre el brote de SARS (Severe Acute Respiratory Syndrome). 

Alejandra Arana, especialista en seguros del bufete WBC Abogados, afirma que en el futuro, la decisión la tomará finalmente cada compañía, de que podrá negociar las condiciones de la póliza directamente con sus clientes; por ejemplo, cobrando una extraprima. Por el momento, lo primero que toda empresa debe hacer es revisar a detalle los condicionados de sus pólizas contratadas, recomienda la profesional. 

Publicado el Martes, 21 de Abril de 2020

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