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Cae la recaudación hasta 33%, aunque se espera recuperación

 

En la Asamblea no prospera perdonazo. La prescripción de la deuda, que se buscaba reducir de 8 a 4 años, tampoco avanza y genera inseguridad en contribuyentes.

 

Cae la recaudación hasta 33%, aunque se espera recuperación

Experiencia BCP

PAGINA SIETE MONITOREO

La cuarentena y la crisis derivada de la pandemia de coronavirus hizo caer la recaudación de los principales impuestos hasta en 33%. Tampoco prospera la aprobación en el Legislativo de un nuevo perdonazo y la reducción de la prescripción de deudas tributarias de ocho a cuatro años.

El viceministro de Política Tributaria, Sergio Villarroel, informó a Página Siete que los ingresos por IVA hasta el 3 de agosto sumaron 8.230,7 millones de bolivianos, que representan un descenso de 33% respecto a los ingresos del año pasado.

Por su lado los ingresos del Impuesto a las Transacciones (IT) llegaron a 2.331,9  millones de bolivianos, 26,8% menos que en similar período de 2019.

En general se observa una caída de 30,5% en las recaudaciones tributarias al obtenerse solo 25.086 millones de bolivianos hasta agosto. Los ingresos de Impuestos Nacionales bajaron 34,9%, y  de Aduana en 36,9%.

Sólo se registró un leve incremento de 3,4% en los ingresos por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).

Según Villarroel,  este descenso en las recaudaciones complica porque los gastos del Estado se deben seguir solventando.

“Hablando de dinero en efectivo, el 86% de recursos que maneja el Tesoro proviene de la recaudación de impuestos. Con una menor recaudación el Tesoro recibe menos dinero, pero los gastos no bajan y son más recurrentes”, remarcó.   

Los impuestos más representativos son el IVA, que tiene una participación de 36% de las recaudaciones, IT el 10% y el IUE un 20%.

En este último caso existen menos ingresos debido a las prórrogas para el pago  aprobados por la pandemia. “La caída  que hubo en la recaudación preocupa pero existe una tendencia a la mejora y, por ejemplo, del IUE, IVA e IT se espera recuperar unos 2.000 millones de bolivianos, con lo cual la caída de ingreso este año será de un 25%”, dijo la autoridad.

En el caso de IDH, por ejemplo, hay un crecimiento de recaudaciones  que se explica  por el incremento de las nominaciones de

gas en Argentina y Brasil, que compensan la caída en precio.

Perdonazo y prescripción

En marzo, el Gobierno presentó a la Asamblea Plurinacional un proyecto de ley que establece una nuevo perdonazo tributario con una serie de facilidades.

Sin embargo —pese a que esa medida ayudaría a muchos contribuyentes en este período de crisis por la pandemia— no ha sido aprobada hasta la fecha en el Órgano Legislativo, indicó el viceministro Villarroel.

El proyecto normativo también estipulaba modificaciones a la Ley 2492  del Código Tributario para que la extinción de la deuda tributaria baje de un período de ocho a cuatro  años. Inicialmente este período era de 10 años, pero con la Ley 812 del 30 de junio de 2016 se hicieron modificaciones  en el que se redujo la prescripción de  10 a ocho años.

Villarroel sostuvo que esta propuesta se realizó con el propósito de mejorar la seguridad jurídica, pero la Asamblea no trató el proyecto de ley. Por lo tanto, la extinción de deudas recién rige luego de ocho años y eso sigue vigente, aclaró.

“El proyecto de ley  incluso planteaba que el período de arrastre de las pérdidas acumuladas se amplíe de tres  a cinco años. Esto era importante porque este año muchas empresas por la pandemia reportaran pérdidas”, dijo. 

¿Qué significa la prescripción?

La Administración Tributaria actualmente tiene la  facultad de  controlar, investigar, verificar, fiscalizar, determinar el tributo, imponer sanciones administrativas y ejercer la facultad de ejecución tributaria durante ocho  años. La idea era reducir a cuatro años esta facultad.

El  analista tributario Roberto Viscafé señala que en los hechos la prescripción de la deuda demora de nueve a 10 años. Por ejemplo, el IUE de 2020 se paga hasta abril de 2021 y esta figura de la prescripción se computa a partir de 2022 y fenece en 2030.

“El problema es que el contribuyente debe esperar todo este tiempo guardando su información contable  sin conocer cuándo llegará la fiscalización de Impuestos. Si al cabo de este tiempo se le encuentra algún problema, la deuda se dispara porque se aplican multas e intereses”, precisó el especialista.

Antes de 2002 para calcular la deuda  se aplicaba una tasa de interés simple, pero con el Código Tributario vigente se aplica una tasa de interés compuesto y hay una capitalización diaria de intereses. La deuda tributaria  a  diciembre de 2019 alcanzó 41.465 millones de bolivianos y por eso se impulsaba un perdonazo.

El Decreto Supremo 4298 establece incentivos tributarios para impulsar la reactivación económica y promocionar la creación de nuevas empresas mediante un sistema tributario de apoyo al emprendimiento.

Por ejemplo, el artículo 2 está dirigido a los contribuyentes del RC-IVA que podrán computar hasta un 20% con sus facturas de compras de productos hechos en Bolivia hasta el 31 de diciembre.

El analista tributario Roberto Viscafé observa que si bien la medida es positiva, la aplicabilidad es complicada, debido a que por ejemplo en un supermercado se tendrá que desglosar en la factura cada uno de los productos hechos en Bolivia.

Esto para que en las empresas los contadores puedan reconocer las facturas de los empleados que son susceptibles de recibir mayor crédito fiscal.

El artículo 3 señala que el crédito fiscal del IVA reconoce las compras de alimentos, adquisición de insumos de bioseguridad, medicamentos, contrataciones de servicios de salud privados y transporte de los empleados dependientes.

Según Viscafé, esto no es ninguna novedad, porque siempre estuvo vigente. Lo único nuevo es que se reconoce es los servicios privados de salud.

El artículo 7 reconoce de manera excepcional los aportes patronales a la seguridad social como pagos a cuenta del IVA.

Al respecto el especialista señala que esa es una novedad que ayuda a las empresas a que puedan tener liquidez, sin embargo, observa si no era mejor que directamente se disponga el pago de sólo 50% de aportes.

Publicado el Martes, 18 de Agosto de 2020

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