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Banca permitirá el diferimiento de cuotas y reprogramación de deudas

 

La Asoban aseguró que otorgará tres beneficios a las empresas o empresas que resultaron afectadas en su economía por la cuarentena nacional.

 

Banca permitirá el diferimiento de cuotas y reprogramación de deudas

Experiencia BCP

PAGINA SIETE MONITOREO

La Asociación Nacional de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) anunció que a las personas o empresas que tengan problemas de liquidez a causa de la cuarentena causada por el coronavirus se les otorgará tres beneficios: 1. Diferimiento de cuotas. 2. Reprogramación de deudas y 3. Acceder a recursos que permitan financiar sus actividades. 

El plazo para el pago de obligaciones podrá ser analizado de acuerdo con la capacidad que tenga cada persona o empresa, reprogramando el plan de pagos, ampliando la duración del crédito o difiriendo cuotas. “Para que esto no afecte su actividad económica, ni su liquidez, las personas tienen simplemente que comunicarse con su banco para conocer estas condiciones", explicó la Asoban, a través de un comunicado. 

El sistema bancario se encuentra, además, en condiciones para ampliar su cartera crediticia con nuevos productos diseñados a la medida de las necesidades de sus clientes. “Vamos a disponer de productos específicos (créditos y otros servicios como el leasing) con énfasis para aquellos segmentos o sectores priorizados por el Gobierno, como el comercio, el turismo y el transporte, así como a Pymes vinculadas a la producción de alimentos y otros productos manufacturados”, anunció. 

Sobre el tema, Cámara de Diputados aprobó la anterior semana la suspensión del pago de créditos mientras dure la emergencia por el coronavirus y  otorgó,  además,  seis meses para que queden liberados de pagar una vez que se levanten las restricciones.

El primer artículo de la Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos detalla: "Las entidades de intermediación financiera (…) deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia por la pandemia del coronavirus, otorgando un plazo de seis meses posteriores al levantamiento de la declaratoria de emergencia". 

El proyecto pasó a la Cámara de Senadores, para que sea sancionado, y luego deberá ser remitido al Ejecutivo para su promulgación. Si se pone en vigencia, se debe aplicar de forma automática sin que el prestatario realice una solicitud.

Publicado el Miércoles, 25 de Marzo de 2020

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