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Datos: Medidas posteriores al cierre de 2019 (BCB)

 

En su último Informe de Estabilidad Financiera publicado en abril de este año, el Banco Central de Bolivia, incluye un resumen de las medidas asumidas por esta autoridad ante la amenaza del COVID-19.

 

Datos: Medidas posteriores al cierre de 2019 (BCB)

Experiencia BCP

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En su último Informe de Estabilidad Financiera publicado en abril de este año, el Banco Central de Bolivia,  incluye un resumen de las medidas asumidas por esta autoridad ante la amenaza del COVID-19. El mismo se incluye a continuación:

Una vez superada la incertidumbre política retornó la calma, pero la liquidez del sistema financiero se mantuvo estresada y posteriormente se agudizó debido a la emergencia sanitaria mundial por el COVID-1916, amenazando la estabilidad del sistema financiero.

En respuesta el BCB y otras instancias del Órgano Ejecutivo implementaron las siguientes medidas para mitigar los riesgos del sistema financiero.

 a) La profundización de la orientación expansiva de la política monetaria a través de la disminución de la oferta y frecuencia de las subastas de títulos de regulación monetaria. En este sentido, con la finalidad de incrementar la liquidez del sistema financiero la colocación de títulos fue nula en lo que va de la gestión 2020.

 b) En enero de 2020 se tomó la decisión de reanudar las reuniones del Directorio de los Fondos de Protección del Ahorrista y del Asegurado para aprobar los Estados Financieros, el presupuesto y otros temas relevantes. La reunión anterior se efectuó en enero de 2019.

c) En febrero de 2020 el Directorio del BCB aprobó la ampliación de la fecha límite para la constitución de aportes voluntarios al Fondo CPVIS II hasta el 30 de abril de 2021 con recursos provenientes del exterior. Asimismo, se extendió el plazo para la solicitud de préstamos de liquidez con garantía de este Fondo hasta mayo de 2022 y el vencimiento hasta el 30 de junio. 

De esta manera, las EIF pueden solicitar al BCB créditos en MN sin ningún costo con garantía de estos fondos, aminorando la probabilidad de una posible ralentización del crédito.

d) Mediante D.S. 4164 de febrero de 2020 fueron modificados los niveles mínimos de cartera para crédito productivo y vivienda de interés social, que inicialmente fueron determinados en 2013 mediante el D.S.1842. Los límites mínimos para los bancos múltiples pasaron de 60% a 50% en cartera destinada al sector productivo y a vivienda de interés social. Para el caso de los bancos PYME la norma redujo de 50% a 40% el nivel mínimo de cartera destinada a medianas, pequeñas y microempresas del sector productivo.  

Por su parte, para las Entidades Financieras de Vivienda se disminuyó de 50% a 40% el límite mínimo de créditos de vivienda de interés social. Adicionalmente, para continuar la provisión de financiamiento del sector productivo y para vivienda propia, la norma dispone que las EIF deberán continuar incrementando la cartera destinada a los sectores productivo y vivienda de interés social en al menos 40% del crecimiento anual de cartera bruta.

Esta medida permite mejorar la gestión de riesgos del sistema financiero limitando la excesiva concentración de cartera en determinados sectores, asimismo otorga mayor flexibilidad en la canalización de recursos a los sectores que más lo necesitan coadyuvando a la estabilidad financiera.

e) En marzo de 2020, el D.S. 4196 establece la flexibilización y reprogramación de obligaciones con el sistema financiero, medida que posteriormente se formalizó con la Ley N° 1294 y su Decreto Supremo reglamentario.

Estas medidas establecen el diferimiento automático de cuotas en amortización de capital e intereses entre marzo y mayo de 2020 por lo que la medida se constituye en un apoyo a empresas y hogares prestatarios de entidades financieras en un contexto de paralización parcial de la actividad económica, permite mitigar el riesgo de crédito y frenar el desempleo.

f) En este mismo mes el Directorio del BCB aprobó un cambio en la estructura del BCB que favorecerá la eficiencia en las operaciones y actividades que realiza el Ente Emisor.

g) En marzo de 2020, el D.S. 4198 establece el diferimiento del pago del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) de 2019 hasta el 29 de mayo de 2020 con la posibilidad de pago en cuotas a quienes paguen el 50% antes del 1 de junio. De esta manera, esta medida apoya a la mitigación del riesgo de liquidez del sistema financiero, el cual experimentaba disminuciones importantes de depósitos y liquidez en el segundo bimestre del año por el pago del IUE.

h) En marzo de 2020, el BCB realizó una inyección de Bs3.476 millones a la economía boliviana a través de la compra a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de una cantidad de bonos del Tesoro General de la Nación (TGN). Estos recursos recibidos por las AFP serán invertidos en DPF de entidades de intermediación financiera con el compromiso de que estos recursos sean destinados al crecimiento de cartera, ya que de lo contrario formarán parte de un encaje legal extraordinario.

i) Con la finalidad de proporcionar liquidez de corto plazo a las entidades financieras, en marzo de 2020 el BCB amplió los DPF que pueden ser utilizados por las EIF como colateral en operaciones de reporto con el Ente Emisor.

Las ampliaciones contemplan DPF con cupones, con riesgo emisor A1 o superior, aquellos emitidos por el ex Banco PYME Los Andes Pro Credit S.A. y los emitidos a personas naturales que se encuentren en posesión de las de las EIF. Del mismo modo, el BCB se encuentra coadyuvando y participando activamente en las medidas que se vienen implementando para enfrentar la emergencia sanitaria. 

Vea aquí el Informe de Estabilidad Financiera

Publicado el Martes, 9 de Junio de 2020

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