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El BCB en coordinación con ASFI y UIF actualiza normativa en torno a los activos virtuales

 

 

El BCB en coordinación con ASFI y UIF actualiza normativa en torno a los activos virtuales

Experiencia BCP

DELTA FINANCIERO

El Banco Central de Bolivia (BCB), comunica a la opinión pública que mediante  Resolución de Directorio N°082/2024, de 25 de junio de 2024 dejó sin efecto la  Resolución de Directorio N°144/2020, de 15 de diciembre de 2020, habilitando, de  esta manera, el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para  operaciones de compra y venta de Activos Virtuales. 

Esta decisión fue efectuada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del  Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras(UIF),  considerando la Evaluación Mutua del Estado Plurinacional de Bolivia 2024 que  realizó el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), que entre una  de sus recomendaciones señala: “…considerar la regulación de los SERVICIOS DE  ACTIVOS VIRTUALES (PSAV) conforme a la política pública que se defina en el  contexto boliviano” y tomando en cuenta que el último periodo se ha ido generando  una base jurídica la cual permitirá afrontar nuevos desafíos en este proceso de  modernización. 

“El BCB, en el marco de sus políticas, ha impulsado continuamente la  modernización del sistema de pagos nacional y el desarrollo de la infraestructura de  pagos, viabilizando con sus acciones la adopción de innovaciones tecnológicas y  nuevos esquemas de pago, constituyéndose en la actualidad en un referente  regional en términos de interconexión, interoperabilidad e inclusión financiera digital,  promoviendo una participación activa e igualitaria de entidades bancarias y no  bancarias, favoreciendo la democratización de los servicios financieros. En este  marco, la Resolución de Directorio N°084/2024, proporcionará a la población un  mecanismo adicional que coadyuvará con el fortalecimiento de las actividades  financieras y comerciales”, afirmó el Presidente a.i. del Ente Emisor, Dr. Edwin  Rojas Ulo. 

ASFI, en el marco de sus competencias, efectuará el respectivo control de las  Entidades de Intermediación Financiera en cuanto a los medios que éstas  proporcionen para la adquisición de activos virtuales; asimismo, brindará educación  financiera para que la población conozca sobre los temas inherentes con relación a  la compra de este tipo de activo, dijo la directora de la entidad, Ivette Espinoza.

Por su parte, la UIF en el marco de sus atribuciones, aplica medidas preventivas  para identificar posibles operaciones sospechosas vinculadas a legitimación de  ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo; en este contexto, se realizarán las  adecuaciones normativas pertinentes coadyuvando a evitar que las transacciones  con activos virtuales sean utilizadas por organizaciones delictivas, manifestó  Pamela Troche, directora de esta institución. 

El BCB enfatizó que la única moneda de curso legal en el país es el Boliviano  conforme a la Ley N°901 de 28 de noviembre de 1986. En este sentido, un activo  virtual no es una moneda de curso legal, no es efectivo y no existe obligación, por  parte de la población, para recibirlos como medio de pago, por lo que los riesgos  inherentes al uso y comercialización de los mismos serán asumidos por los usuarios  de dichos activos. 

Finalmente, el Ente Emisor, a través de la R.D. N°082/2024, incorporará en su Plan  de Educación Económica y Financiera aspectos conceptuales y los riesgos  asociados a las operaciones con activos virtuales a fin de promover un mayor  conocimiento y uso informado de la población. 

El BCB comprometido con la estabilidad y el desarrollo económico del país.


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Publicado el Miércoles, 26 de Junio de 2024

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