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Asfi insta al pago de deudas a la banca desde junio conforme al cronograma y contradice la Ley

 

 

Asfi insta al pago de deudas a la banca desde junio conforme al cronograma y contradice la Ley

Experiencia BCP

PAGINA SIETE MONITOREO

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) recordó el sábado que a partir de junio próximo se deben pagar las deudas a las entidades financieras “conforme al cronograma original de la operación crediticia”, disposición que va en contra de la Ley 1294 que posterga los pagos de manera automática durante la cuarentena y señala que se lo puede hacer en un lapso máximo de hasta seis meses posteriores al levantamiento de emergencia. 

“Aclarando que a partir del mes de junio, los pagos se deben efectuar conforme al cronograma original de la operación crediticia o bajo las condiciones que hayan podido ser convenidas en los casos correspondientes”, señala parte del comunicado, denominado “Importante” de la Asfi. 

Aunque en el mismo documento se recuerda a quienes tienen deudas con la banca que los pagos se realizarán después de la culminación de la cuarentena total. “Pasada la cuarentena total dispuesta por el gobierno nacional, los prestatarios dispondrán de seis meses para acordar con la entidades de intermediación financiera, la forma de cómo efectuarán el pago de las cuotas diferidas para lo cual dichas entidades deben asesorar a los deudores sobre las opciones que pueden ser tomadas para el efecto, así como el costo financiero que implicaría cada una de ellas”, añade. 

La Ley 1294 señala también que el diferimiento “no implicará el incremento de la tasa de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora” y “se prohíbe el anatocismo (cobro de interés sobre intereses)”. 

La norma precisa que “las entidades financieras realizarán el diferimiento de los créditos de manera automática” y “no deberá implicar costos administrativos adicionales”. Sin embargo, el comunicado de la Asfi anuncia que habrá un “costo financiero que implicaría cada una de ellas (asesoramientos a deudores)”. 

La Ley 1294 fue promulgada el 1 de abril por la presidenta Jeanine Añez. Al día siguiente, el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, destacó el diferimiento automático y sin pago. “Quienes estaban preocupados de su crédito no tienen que pagar nada, ni siquiera intereses. Una vez suspendido el tema de la cuarentena, tienen hasta seis meses para poder pagar. Creemos que esto es una gran ayuda para el pueblo boliviano”, dijo entonces. 

El comunicado “Importante” de la Asfi, publicado el 2 de mayo, instruye a las entidades financieras “proceder con el diferimiento automático del pago de las cuotas a capital, intereses y otro tipo de gravámenes, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020”. 

La Asfi también recuerda que los bancos están facultados para “efectuar reprogramaciones o adoptar otras medidas de solución para sus deudores, tales como períodos de gracia y otras que contemplen condiciones accesibles a solicitud de sus clientes”. 

En marzo, la Asociación Nacional de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) anunció que a las personas o empresas que tengan problemas de liquidez a causa de la cuarentena causada por el coronavirus se les otorgará tres beneficios: 1. Diferimiento de cuotas. 2. Reprogramación de deudas y 3. Acceder a recursos que permitan financiar sus actividades. 

El plazo para el pago de obligaciones podrá ser analizado de acuerdo con la capacidad que tenga cada persona o empresa, reprogramando el plan de pagos, ampliando la duración del crédito o difiriendo cuotas. “Para que esto no afecte su actividad económica, ni su liquidez, las personas tienen simplemente que comunicarse con su banco para conocer estas condiciones", explicó entonces la Asoban, a través de un comunicado.

Publicado el Lunes, 4 de Mayo de 2020

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