BANCOS
BOLIVIA
Diferimiento de deudas pone en riesgo al Sistema Financiero. Cada mes dejará de percibir 3,500 millones de Bs.
CABILDEO
El aplazar de manera general a todos los deudores las cuotas de pago al sistema de intermediación financiera por un plazo mayor a tres meses, es altamente peligroso para la estabilidad del sistema financiero, pues la banca dejará de percibir 3.500 millones de bolivianos por cada mes reprogramado, advierte el experto consultor internacional, Jaime Dunn.
“La Ley 1294 está siendo discutida e interpretada con un sesgo que expresa el actual contexto electoral de polarización política, lo que está muy lejos de promover el bien público mayor, sin importar las serias consecuencias negativas que se puede infringir en el sistema financiero nacional, atentando la estabilidad económica del país”, asegura el especialista a Cabildeo Digital.
Dunn señala que el ampliar los plazos de diferimiento a más de tres meses de manera general e indiscriminada a todos los deudores sin analizar caso por caso, “pone en peligro la liquidez del sistema financiero”.
Destaca que actualmente se cuenta con un sistema financiero sólido y solvente, pero la gestión de liquidez puede debilitar y erosionar rápidamente esa solvencia, pues en los últimos meses se ha registrado mayor retiro de dinero que depósitos.
El experto observa que durante la cuarentena por la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, hubo empresas a las que les fue muy bien en términos de flujos y utilidades como a las del rubro de las telecomunicaciones o importadoras de medicamentos y farmacias, por lo que no sería necesaria una reprogramación de deudas, como tampoco a los asalariados que no dejaron de percibir ingresos, y que en algunos casos se beneficiaron con el cobro de algún bono.
“La Ley Excepcional de Diferimiento de pagos de créditos y reducción temporal del pago de servicios básicos (1294) y el DS 4206 se han redactado seguramente midiendo esos impactos y viendo al máximo que se puede llegar”, apunta.
Sin embargo, observa que estas normas buscan claramente coadyuvar y proteger a los deudores, olvidándose de los depositantes, quienes no pueden ver su riesgo incrementado por coadyuvar de manera indiscriminada a todos los deudores de manera generalizada y por plazos más allá de los tres meses.
Insostenibilidad financiera
Jaime Dunn explica que por cada 100 bolivianos depositados por los ahorristas, los bancos están autorizados a prestar Bs 90, que deben ser devueltos en cuotas; no obstante, los ahorristas tienen todo el derecho de reclamar sus Bs 100 en cualquier momento, y el banco tiene la obligación de devolverlos.
Por cada mes de diferimiento de deudas, Dunn señala que la banca deja de percibir en liquidez Bs. 3.500 millones, lo que significaría que en seis meses deje de percibir 21 mil millones de bolivianos, monto a su criterio, imposible de sostener.
“Se sumaría el retiro de varios depósitos por parte de los ahorristas y el incremento rápido de las tasas de interés, lo que ocasionaría forzosamente la caída de algunos bancos y el aplazamiento definitivo de la recuperación económica”, afirma.
La discusión acerca de la interpretación de esta Ley 1294, con su consecuente efecto sobre el cambio de la reglamentación actual, podría tener consecuencias negativas sobre la estabilidad y solidez del sistema financiero, lo que impactaría negativamente sobre la economía general.
En su análisis, la Ley y su DS reglamentario son claros en cuanto a recalcar que las cuotas de pago diferidas contemplan únicamente para las cuotas que vencen en los meses de marzo, abril y mayo, mientras que las cuotas de los meses de junio en adelante no se consideran diferidas por el decreto y deben pagarse como la circular que emitió la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
“La ASFI ha realizado una interpretación técnicamente correcta de la Ley y el DS 4206, si la intención ahora es que no se paguen cuotas de junio en adelante, el decreto debe cambiar, no la carta circular”, afirma.
En este contexto Dunn señala que el “estrangulamiento a la banca” puede generar no solo inestabilidad financiera, sino en la economía nacional, por lo que se debe evitar que un tema técnico y financiero sea utilizado políticamente para generar inestabilidad en la gestión transitoria de gobierno de Jeanine Áñez.
Menciona que no hay que olvidar que la banca debe por concepto de préstamos, 3.500 millones de bolivianos a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), en el marco de las políticas implementadas durante el Gobierno de Evo Morales.
A noviembre de 2019, el patrimonio del sistema financiero llegó a Bs 20.702 millones, valor que mantiene estable a la banca y la política de bolivianización en materia de créditos (99%) y depósitos (86%) en moneda nacional.
Producto de la bonanza económica, el sistema financiero tuvo un crecimiento importante, tanto en activos como en utilidades durante los primeros años del Gobierno del MAS, sin embargo, debido a la desaceleración económica, la regulación de tasas de interés, cuotas de cartera por destinos de créditos (vivienda social y sector productivo) y mayor carga impositiva, los niveles de rentabilidad disminuyeron de 21% en 2007 a 11,9% a junio del año pasado.
Antecedentes
El Decreto Supremo 4229 amplía la vigencia de la cuarentena por la emergencia sanitaria nacional delCOVID-19 desde el 1 al 31 de mayo de 2020.
La Ley 1294 del 1ro de abril en su artículo primero señala que las entidades de intermediación financieras (EIF) deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, por el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia por COVID-19 y otorgando un lapso máximo de hasta seis meses posteriores al levantamiento de la declaración de emergencia.
Al respecto, Dunn dice que queda claro que el diferimiento es únicamente a las cuotas de capital e intereses que se enmarcan en el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia, es decir hasta el 31 de mayo del 2020.
“El otorgamiento del lapso máximo de hasta seis meses posteriores al levantamiento de la declaración de emergencia, significa que el diferimiento podría ampliarse hasta un máximo de seis meses más, posteriores al levantamiento de la declaratoria de emergencia”, indica.
El decreto 4206 establece que las entidades de intermediación financiera, quedan autorizadas a realizar el diferimiento automático por los meses de marzo, abril y mayo. Pero también indica que no se podrá incrementar la tasa de interés ni se ejecutarán sanciones ni penalizaciones de ningún tipo.
Dentro de los seis meses posteriores al último diferimiento, las entidades de intermediación financiera (EIF) deberán convenir con sus prestatarios los términos para el pago de las cuotas diferidas.
“Queda claro que el diferimiento es únicamente a las cuotas de capital e intereses que se enmarcan en el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia; es decir, marzo, abril y hasta el 31 de mayo de 2020 (…). Las cuotas no diferidas no corresponden a junio en adelante deben pagarse en tiempo y forma establecida en los contratos de préstamo”, sostiene.
La Bolsa Boliviana de Valores (BBV) elaboró un plan de contingencia por la cuarentena de la pandemia y envió a sus clientes circulares para darle continuidad a las operaciones.
Más información: http://www.cabildeodigital.com/2020/05/jaime-dunn-diferimiento-de-deudas-pone.html?m=1
Publicado el Viernes, 22 de Mayo de 2020
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