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Lo más leído: Alerta Fiscal Decreto Supremo de Incentivos Tributarios

 

 

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El Decreto Supremo DS 4298/ 2020 de 24 de julio, crea incentivos tributarios para la reactivación económica y crea también un régimen tributario promocionar la creación de nuevas empresas.

Impuesto al Valor Agregado

Se reconoce como crédito fiscal del IVA el originado por las compras de alimentos, adquisición de insumos de bioseguridad y medicamentos, contrataciones de servicios de salud privados y transporte en territorio na- cional de los empleados dependientes de una empresa.

Se reconoce como pago a cuenta del IVA, el cincuenta por ciento (50%) de las contribuciones patronales pagadas por un empleador por salarios o sueldos de sus empleados. Los aportes comprenden vivienda, prima por riesgo profesional y seguro social a corto plazo. Las condiciones para aplicar el incentivo son: a) Solo aplica cuando el contribuyente tenga saldo de IVA a pagar, lo que sugiere que no es acumulable y; b) Solo se reconocerán los aportes efectivamente pagados en el mismo período fiscal del IVA. El límite del incentivo son 4 salarios mínimos nacionales computados individualmente.

El incentivo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

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Publicado el Miércoles, 29 de Julio de 2020

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