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Gobierno instruye que cuotas diferidas se paguen sólo al final del préstamo

 

 

Gobierno instruye que cuotas diferidas se paguen sólo al final del préstamo

Experiencia BCP

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El Gobierno de Luis Arce decidió —a través de un decreto— que las cuotas diferidas por la pandemia del coronavirus sean pagadas sólo al final del periodo total del préstamo. De esta manera eliminó las modalidades de pago alternativas que estableció el gobierno de Jeanine Añez.

"Las EIF (Entidades de Intermediación Financiera) cobrarán las cuotas que fueron diferidas, de manera posterior a la cuota final del plan de pagos, manteniendo la periodicidad de pago previamente pactada", se lee en el Decreto Supremo 4409, que no extiende el periodo de diferimiento de pagos, sino que traslada el pago de las cuotas diferidas hasta después de la última cancelación del plan vigente entre el banco y el cliente. 

El mismo decreto dispone que los bancos deberán refinanciar y/o reprogramar los créditos que se volverán a cancelar desde enero, mes en el que los prestatarios deberán retomar los planes de pago que tenían "congelados" desde marzo y hasta diciembre, por los efectos del confinamiento y la pandemia.

El gobierno de transición decidió ampliar el diferimiento hasta diciembre de 2019, de manera que se retomen los planes de pago desde enero de 2021, previa negociación con la financiera.

Para ello fijó varias modalidades, desde el pago de las cuotas diferidas posterior a la cuota final del plan de pagos; el prorrateo de las cuotas diferidas por el tiempo que dure el contrato del préstamo y hasta la posibilidad de negociación entre partes para fijar una nueva forma de cumplimiento de la deuda.

La norma aclara que el diferimiento de cuotas “no generarán ni devengarán intereses extraordinarios o adicionales, no se podrá incrementar la tasa de interés ni se ejecutarán sanciones ni penalizaciones de ningún tipo y los montos correspondientes al interés devengado por el capital de las cuotas diferidas, se mantendrán invariables, no pudiendo el capital diferido generar ningún tipo de carga financiera adicional, ni mayores intereses por este concepto”.

Publicado el Jueves, 3 de Diciembre de 2020

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