BOLSA Y MERCADOS
MÉXICO
La CNMV prohÃbe las posiciones cortas durante un mes
EXPANSION
La CNMV acordó ayer prohibir durante un mes la realización de operaciones sobre valores e instrumentos financieros que supongan la constitución o incremento de posiciones cortas netas sobre acciones admitidas a cotización en los centros de negociación españoles (Bolsas de Valores y Mercado Alternativo Bursátil, MAB) para las que la CNMV es la autoridad competente.
La prohibición tiene efectos desde hoy, 17 de marzo, hasta el 17 de abril de 2020, ambas fechas incluidas, y podrá prorrogarse por períodos adicionales no superiores a 3 meses si se mantuvieran las circunstancias que la han motivado, de conformidad con el artículo 24 del Reglamento (UE) Nº 236/2012, o bien levantarse en cualquier momento sin agotar el plazo, si se considerase necesario.
El organismo que preside Sebastián Albella comunicó la medida horas después del cierre de una nueva sesión de pánico en las bolsas.
El supervisor tomó esta decisión se "debido a la situación de extrema volatilidad que atraviesan los mercados de valores europeos, incluyendo los españoles, su evolución en el contexto de la situación creada por el virus Covid-19 y el riesgo de que en las próximas semanas puedan producirse movimientos de precio desordenados". También consideró las implicaciones de la declaración en España del estado de alarma el pasado sábado, 14 de marzo.
La CNMV había suspendido la operativa de los inversores bajistas sobre 69 valores de la Bolsa española durante el pasado viernes. La restricción temporal afectó a los valores líquidos del mercado de valores español que habían caído más del 10% en la sesión anterior, y las acciones ilíquidas que se habían depreciado más del 20% en un día.
El organismo amplía ahora esta medida, como venían reclamando muchos profesionales del sector en los últimos días. Es una de las propuestas planteadas para frenar el desplome de la Bolsa.
La prohibición que entra en vigor hoy afecta a cualquier operación sobre acciones o relacionada con índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria. Estas posiciones incluyen las ventas en corto aunque estén cubiertas por préstamo de valores.
Se excluyen del ámbito de la prohibición, las siguientes operaciones:
1. -Las actividades de creación de mercado.
2.-La creación o incremento de posiciones cortas netas cuando el inversor que adquiere un bono convertible tiene una posición neutral entre la posición en el elemento de renta variable del bono convertible y la posición corta que se toma para cubrir dicho elemento.
3.-La creación o incremento de posiciones cortas netas cuando la creación o incremento de la posición corta en acciones esté cubierta con una compra equivalente en términos de proporción en derechos de suscripción.
La Autoridad Europea del Mercado de Valores (Esma) ha reducido el umbral mínimo a partir del cual los inversores deberán informar de sus posiciones cortas, que pasa del 0,2% al 0,1% del capital de la cotizada.
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